En
noviembre de 1888 fue promulgada la Ley de Matrimonio Civil, estableciendo como
obligatorio que las uniones primero fueran asentadas en el Registro Civil y
recién luego pudiera oficiarse la ceremonia religiosa. De esta manera se
modificaban las facultades que hasta ese momento poseía la Iglesia Católica
para celebrar y registrar los matrimonios que se produjeran en el país, sin
necesidad de la participación de autoridad alguna del Estado. Ante esa nueva
realidad legal se produjeron reacciones en todo el país. La conflictividad
derivada de la modificación legal también tuvo sus capítulos en Villa María,
aquí recordaremos uno de ellos.
La
historia de Villa María registra los sucesos que tuvieron origen cuando cierta
pareja, dejando de lado lo establecido por la Ley de Matrimonio Civil, concretó
su matrimonio únicamente en la Iglesia. El presbítero Salguero autorizó que se
contradijera la letra de la ley que prohibía que los ministros de cualquier
religión pudieran concretar un matrimonio religioso, sin tener ante su vista el
correspondiente certificado de la oficina del Registro del Estado Civil en el
que constara que los contrayentes hubieran cumplido con trámite obligatorio en
esa dependencia estatal.
Juan
Vázquez, entonces juez de Paz, se enteró del caso y buscó que se sancionara el
incumplimiento de la ley. La reacción del juez fue elaborar un sumario contra
el párroco Salguero y dispuso que el religioso fuera procesado, detenido y
puesto a disposición de los Tribunales en lo Criminal de la ciudad de Córdoba
dejando la parroquia de Villa María sin su director espiritual. Ante esa
situación el presbítero Pedro Taulaigó, cura de Villa Nueva, asumió de manera
interina el remplazo de Salguero.
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